Última actualización: 28 de junio del 2013

NOTA: Este documento es intentado para proporcionar información para parejas del mismo sexo, quienes están considerando casarse en California.  No es intentado para consejos legales y no debe ser usado de esa manera.  Para consejos legales referente a su situación particular, por favor consulte con un abogado.
CASÁNDOSE EN CALIFORNIA
Gracias a la decisión de La Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso de Hollingsworth v. Perry, parejas del mismo sexo en California otra vez tendrán la libertad de casarse. La Proposición 8, una enmienda a la constitución de California que despojo a las parejas del mismo sexo de la libertad de casarse, muy pronto será borrada de los libros e inejecutable.
En el 26 de Junio del 2013, La Corte Suprema de los Estados Unidos decidió que los proponentes de la Proposición 8 no tenían el derecho legal para apelar la decisión de la corte federal que dijo que la Proposición 8 era inconstitucional. La Corte justificó su decisión con la razón que dando el derecho para casarse a parejas del mismo sexo no causaba ningún daño a los proponentes de la Proposición 8. Esta decisión histórica devolvió el derecho para casarse a las parejas del mismo sexo en California.
Adicionalmente, la Corte Suprema rechazó la Sección 3 de la Ley Defendiendo el Matrimonio, conocida en ingles por sus siglas, DOMA, que hubiera requerido que el gobierno federal tratara a las parejas del mismo sexo como si fueran parejas de hecho. La supuesta ley también hubiera prohibido a las parejas del mismo sexo los beneficios federales, protecciones, y responsabilidades basadas en el matrimonio.  La Corte decidió que la Sección 3 de DOMA violaba la igualdad que nuestra Constitución garantiza.
1.      ¿Cuándo pueden las parejas del mismo sexo, en California, empezar a casarse de nuevo?
En el 28 de Junio del 2013, el Noveno Circuito levantó el aplazamiento que prevenía el matrimonio de parejas del mismo sexo en California. Efectivo inmediatamente, todas las parejas del mismo sexo pueden casarse en cualquier parte de California.
2.      ¿Las parejas del mismo sexo pueden casarse en cualquier parte del estado de California?
Si. La orden judicial (o mandamiento judicial) que prohíbe el esfuerzo de la Proposición 8 en el estado de California también aplica a los oficiales del estado por todo California. Esto significa que la Proposición 8 no puede ser esforzada en ninguna parte de California.
3.      ¿Qué Tenemos que hacer para casarnos en California?
Para casarse en California, usted y su pareja tienen que obtener una licencia de matrimonio de la oficina del Registrador-Archivero/Secretario de cualquier condado en California, y después deben tener una ceremonia efectuada por alguien que está autorizado(a) para solemnizar los matrimonios en California (como un juez o clericó) entre 90 días. Ambas personas tomando parte en la unión tienen que ir juntos a la oficina del condado. Allí tienen que llenar una aplicación para una licencia de matrimonio y presentar una forma de identificación emitido por el gobierno, como prueba de ser mayor de 18 años (Si alguno de los dos o ambos son menores de edad, hay que aplicar a un procedimiento diferente). Algunos condados tienen las aplicaciones para licencias de matrimonio publicadas en el internet para que puedan llenarlas antes de llegar a la oficina del Secretario del Condado. El precio de la licencia varía por condado pero, generalmente, es menos de $100. No se necesita una prueba de sangre o certificado médico. Llame antes o visite al sitio del internet del condado para informarse de las horas, locaciones, y precios de las oficinas del condado que emitan licencias.
La licencia de matrimonio es válida para 90 días, eso significa que tienen 90 días para casarse. Su casamiento puede ser realizado en cualquier parte de California. La persona que efectúa la ceremonia tiene que ser autorizado(a) para solemnizar matrimonios en California y también tiene que llenar y firmar donde corresponde en la licencia después de la ceremonia. Adicionalmente,  un testigo de 18 años o más tiene que firmar la licencia del matrimonio. Entonces, la licencia se convierte en su certificado de matrimonio y tiene que llevarlo al mismo condado de donde obtuvo la licencia entre 10 días de la ceremonia para que pueda ser archivado. Por un precio adicional, la ceremonia se puede efectuar en la oficina del condado el mismo día que obtiene la licencia del matrimonio.
4.      ¿Quién nos puede casar?
En California, personas que son legalmente autorizadas para solemnizar ceremonias del matrimonio incluyen: miembros del clero; jueces activos y jubilados de la corte del estado, comisarios y asistentes de comisarios de la corte; comisarios activos y jubilados de matrimonios civiles; jueces activos y jubilados de la Corte Suprema de los Estados Unidos, jueces del magistrado, jueces jubilados, o jueces del magistrado jubilados de otras cortes federales; legisladores del estado o oficiales constitucionales del estado; y miembros del Congreso quien representan a algún distrito en este estado.
Comisarios y Comisarios Auxiliares de Matrimonios Civiles efectúan ceremonias de matrimonios por cita previa en oficinas designadas en el condado. Generalmente, el precio para este servicio es menos de $50. Llame a las oficinas antes de visitar o visite la página del internet del condado para más información. Una pareja también puede delegar a un amigo(a) para efectuar su ceremonia de matrimonio con el programa del condado, “Comisario Auxiliar por un Día.” Los requisitos varían de un condado a otro.
5.      ¿Yo y mi pareja deberíamos casarnos?
El matrimonio es un compromiso legal y personal muy serio. Antes de casarse, parejas deberían  educarse sobre las consecuencias legales del matrimonio.
Las parejas casadas que son del mismo sexo también tendrán más complicaciones que las parejas heterosexuales. Esto es el caso, porque en el presente, muchos estados no respetan los matrimonios de las parejas del mismo sexo. Y también hay dudas sobre el proceso que el gobierno federal va a tomar para reconocer los matrimonio de parejas del mismo sexo si deciden mudarse o ahora viven en un estado que no reconoce su matrimonio. La decisión de la Corte Suprema rechazando la Sección 3 de DOMA solo afecta como el gobierno federal tratará los matrimonios.  La decisión NO les dice a los estados que deberían reconocer el matrimonio de una pareja del mismo sexo que se haya casada en otro estado. Por esta razón, si usted se casa en California pero vive en otro estado, es posible que su estado no vaya a reconocer su matrimonio. Lea la pregunta #16 para más información.
Ciertas personas deberían de actual cautelosamente antes de decidir casarse. Estas personas incluyen personas recibiendo beneficios del gobierno [especialmente personas recibiendo beneficios de deseabilidades SSI, TANF o Medicaid] y personas que planean adoptar niños internacionalmente. Si usted se encuentra en esta situación, recomendamos fuertemente que consulte con un abogado sobre las implicaciones del matrimonio antes de casarse.
6.      ¿Es la licencia de matrimonio parte del registro público?
Si, las licencias de matrimonio son registros públicos; sin embargo, en California, parejas pueden aplicar para un licencia de matrimonio “confidencial.” Los únicos requisitos adicionales para obtener una licencia de matrimonio confidencial son que los cónyuges tienen que ser mayores de 18 años, tienen que estar viviendo juntos en el momento de aplicar para la licencia de matrimonio, y tienen que firmar una declaración en la licencia atestando a esas verdades. La pareja tiene que ser casada en el condado donde la licencia es emitida. La licencia es un registro confidencial y es registrada en la oficina del Secretario del Condado. Solo los cónyuges pueden obtener copias de la licencia de matrimonio.
Personas, aparte de los cónyuges, pueden obtener copias de la licencia de matrimonio confidencial solo si obtienen una orden judicial permitiéndoles acceso a una copia. Cuando una pareja obtiene copias de una licencia de matrimonio confidencial, la única información disponible, como cuestión de registro público, es el hecho que cada individuo está casado. Con quien la persona está casada, adonde o cuando el matrimonio tuvo efecto, y la dirección del individuo no es disponible públicamente. Esto puede ser una buena opción para las personas que no quieren que otros sepan el nombre de su cónyuge o donde viven.
7.      ¿Que pasará si nos casamos en California y después deseamos divorciarnos?
La única manera legal para terminar un matrimonio es el divorcio. Típicamente, en California, al menos unos de los cónyuges tienen que ser residentes de California por un mínimo de seis meses y residentes del condado en donde el divorcio fue archivado por un mínimo de tres meses. Debajo la ley que fue efectuada el 1 de Enero en 2012, parejas del mismo sexo que se casaron en California pero viven en otro estado (y en ese caso no cumplen los requisitos generales de divorcio en California) igual pueden divorciarse en California si viven en un estado donde ellos no pueden divorciarse.  Estados que no permiten o no reconocen el matrimonio de parejas del mismo sexo también pueden negarle el divorcio a parejas del mismo sexo (una excepción es Wyoming, que permite el divorcio de parejas del mismo sexo, y esto tal vez podrá ser posible en otro estados que tampoco permiten el matrimonio de parejas del mismo sexo). La decisión en la Corte Suprema con respeto al caso de Windsor v. United States no cambia esa realidad.
8.        ¿Si nos casamos en California antes de que la Proposición 8 entró en efecto, nuestro matrimonio todavía es válido o tenemos que casarnos otra vez?
Si se casó en California entre el 16 de Junio, 2008 y el 5 de Noviembre, 2008, su matrimonio todavía es válido y es reconocido por el estado de California. En 2009, en el caso de Strauss v. Horton, la Corte Suprema de California decidió que sería inconstitucional invalidar los matrimonios de parejas del mismo sexo que se casaron en California antes del pasamiento de la Proposición 8. Si se casó en California durante ese tiempo, su matrimonio es completamente valido y es sujeto a reconocimiento y respeto.  No tiene que casarse de nuevo.
9.      ¿Si nos casamos legalmente en otro estado o país, el estado de California va a reconocer nuestro matrimonio o debemos casarnos otra vez en California?
Parejas que son casadas legalmente en otra jurisdicción también son reconocidas como casadas en California, independientemente a cuando se casaron. Por el hecho que la Corte declaró que la Proposición 8 es inconstitucional, California lo va a reconocer como casado(a). Su relación no tendrá otro tipo de estatus como pareja de hecho y será tratado apropiadamente como un matrimonio. No hay necesidad de casarse de nuevo en California.
 
PAREJAS DE HECHO REGISTRADAS Y MATRIMONIOS
10.     ¿Parejas que están registradas como parejas de hecho en California van a convertirse a una pareja casada automáticamente?
No. Parejas que están registradas como parejas de hecho tienen el derecho a decidir si se quieren casar. Los que desean casarse tienen que cumplir con los pasos legales formales requeridos de cualquier pareja en California para poder casarse legalmente.
11.     ¿Continuarán existiendo las parejas de hecho?
Si. Las parejas de hecho todavía van a existir bajo la ley actual de California.
12.     ¿Si ya estamos registrados como una pareja de hecho en California, tenemos que deshacer nuestra unión como pareja de hecho antes de poder casarnos?
No. Las leyes perteneciendo a las parejas de hecho en California permiten que un individuo esté casado y registrado como una pareja de hecho, con tal que sea con la misma persona.
13.     ¿Hay alguna razón por la cual parejas se registren ambos como casados y como parejas de hecho?
Si. Estar registrado(a) como una pareja de hecho puede protegerle si viaja o si se muda a otro estado que reconoce parejas de hecho pero no reconoce su matrimonio.
14.     ¿Me puedo casar con mi pareja actual si tengo una unión civil o si estoy registrado(a) como parte de una pareja de hecho con otra persona?
No. Antes de casarse con su pareja actual, primero necesita terminar o disolver la relación legal anterior. Si está en una unión o está registrado(a) como una pareja de hecho con otra persona, cualquier matrimonio con una segunda persona no va ser válido. Consulte con un abogado si tiene preguntas sobre como disolver una relación legal anterior.
 
EL MATRIMONIO EN EL CONTEXTO NACIONAL
15.     ¿Las parejas de otros estados pueden casarse en California?  
Si. No existe requerimiento de residencia para casarse en California.
16.     ¿Si mi pareja y yo somos de otro estado y nos casamos en California, nuestro matrimonio será válido en el estado en que vivimos?
Si usted vive en otro estado y se casa en California, va a estar casado(a) legalmente. Sin embargo, dependiendo en donde vive, existe la posibilidad de que su estado no respetará su matrimonio. La decisión de la Corte Suprema en Windsor v. United States que rechazó la Sección 3 de DOMA aplica solamente a la forma en que el gobierno federal trata a los matrimonios del mismo sexo. La decisión NO requiere que los estados reconozcan un matrimonio como validó de una pareja del mismo sexo efectuado en otro estado. Así que si se casa en California pero vive en otra parte, todavía es posible de que su propio estado no reconozca su matrimonio.
Su matrimonio en California si va ser respetado como un matrimonio validó en Connecticut, el Distrito de Columbia, Delaware, Iowa, Maine, Maryland, Massachusetts, Minnesota, New Hampshire, New York, Rhode Island, Vermont, y Washington. Su matrimonio también será respetado en Nuevo México: El Ministro de Justicia en Nuevo México ha publicado una opinión de recomendación que reconoce la validez de los matrimonios de parejas del mismo sexo efectuados en estados con leyes que permiten el matrimonio de esas parejas. Adicionalmente, al menos tres naciones Americanas indígenas permiten el matrimonio de parejas del mismo sexo: La tribu Coquille, tribu Suquamish, y la tribu indígena de los Little Traverse Bay Bands de Odawa. Varios estados más reconocen matrimonios de parejas del mismo sexo que son efectuadas en otros estados como uniones civiles.
Desafortunadamente, hay muchos estados que han pasado leyes o enmiendas constitucionales negando el reconocimiento de matrimonios de parejas del mismo sexo.  En esos estados, los gobiernos estatales y locales probablemente no respetarán su matrimonio de California. Igual existe la posibilidad de que en esos estados existan negocios privados y terceras partes privadas que van a respetar su matrimonio – en particular esos grupos que ya reconocen parejas de hecho o otras relaciones domesticas.  Y ahora que la Corte Suprema rechazó la Sección 3 de DOMA, parejas que viven en un estado que no respeta su matrimonio igual tendrán algunas protecciones federales matrimoniales.  Nosotros creemos que todas las parejas casadas, incluyendo parejas del mismo sexo, deberían ser tratadas como casadas por el gobierno federal, sin importar donde viven, para todos los programas federales. Pero hay algunos beneficios que actualmente solo son disponibles a parejas que son reconocidas como casadas en el estado en donde viven.
El matrimonio es una decisión legal muy seria, y las parejas del mismo sexo tienen que soportar más dificultades y dudas porque hay muchos estados que todavía tratan injustamente a parejas casadas que son del mismo sexo.  Nosotros fuertemente sugerimos a parejas que están considerando casarse en California que procedan con cuidado.  Antes de que se case en California, usted debería educarse sobre la ley en su estado y, si es posible, también consultar con un abogado sobre la mejor forma de proteger su relación con su pareja dependiendo en sus circunstancias. Esto es importante, especialmente si usted planea en adoptar internacionalmente o recibir beneficios del gobierno como SSI, TANF, o Medicaid.   
17.     ¿El gobierno federal va a reconocer matrimonios de parejas del mismo sexo casadas en California?
a) ¿Si me casé legalmente en California y vivo en California, el gobierno federal va a reconocer mi matrimonio?
Si. El gobierno en California y el gobierno federal van a reconocer su matrimonio. Usted va a ser elegible para las mismas protecciones federales y responsabilidades dadas a todas las parejas casadas.
b) ¿Si yo me casé en California y vivo en un estado que permite o reconoce el matrimonio de parejas del mismo sexo, o si vivo en el Distrito de Columbia, el gobierno federal va a reconocer mi matrimonio?
Si. Parejas que viven en estados que permiten o reconocen el matrimonio de parejas del mismo sexo y parejas que viven en el Distrito de Columbia, van a ser elegibles para protecciones federales y responsabilidades intituladas a todas las parejas casadas.
c) ¿Si yo me casé en California y vivo en un estado que no reconoce el matrimonio de parejas del mismo sexo, el gobierno federal va a reconocer mi matrimonio?
Algunos beneficios federales son basados en la locación en donde el matrimonio fue promulgado; otros beneficios son basados en la locación en donde la pareja vive y dependen si el matrimonio es válido en esa locación. Ahora que la Corte Suprema rechazó la Sección 3 de DOMA, nosotros creemos que todas las parejas casadas, incluyendo parejas del mismo sexo, deberían ser tratadas como casadas por el gobierno federal sin importar donde viven. Pero obteniendo acceso a todos los beneficios y las protecciones federales para las parejas del mismo sexo que se casaron legalmente, pero que viven en un estado que no reconoce su matrimonio, va a tomar más tiempo y esfuerzo.
Actualmente, parejas que viven en estados que no reconocen su matrimonio, van a recibir solamente algunos beneficios federales, no todos. Esto posiblemente creará algunas complicaciones y problemas. Nosotros confiamos en que la Administración de Obama va a tomar acción para implementar la decisión que rechazó la Sección 3 de DOMA, asegurando que todas las parejas casadas reciban beneficios federales adonde es legalmente posible, sin importar donde viven. Sin embargo, algunos programas federales son requeridos por ley que reconozcan si un matrimonio es válido dependiendo si el estado en que uno vive reconoce ese matrimonio; estos programas necesitaran más esfuerzo y posiblemente nueva legislación.  Así que, visite nuestra página y este documento de nuevo para obtener noticias sobre cualquier cambio: nosotros vamos a publicar una guía más extensiva que específicamente habla sobre los efectos de la decisión de DOMA con respeto al acceso a los derechos y beneficios federales.
18.     ¿Podemos presentar una demanda en corte si nuestro matrimonio no es respetado en otros estados o por el gobierno federal?
Si usted siente que ha sido discriminado, por favor contacte unas de las organizaciones legales de LGBT mencionadas en este documento [La Unión Americana de Libertades Civiles, Lambda Legal, o El Centro Nacional para los Derechos de Lesbianas]. Podemos tratar de ayudarle a encontrar diferentes opciones que existen para poder proteger sus derechos si su propio estado o el gobierno federal no están respetando su matrimonio.
Algunos tipos de tratos injustos pueden ser la base para una demanda, y otros tipos no son unos que pueden ser propiamente dirigidos por una corte de ley. Aún cuando la litigación es una opción, no es siempre la única opción—puede ser que hay soluciones mas rápidas.  En algunos casos, litigación no es necesaria porque ya hay casos en la corte que pueden resolver el problema. Llame a una de nuestras organizaciones para hablar sobre cualquier caso de discriminación que usted esté sufriendo.
19.     ¿Para parejas del mismo sexo en relaciones bis-nacionales, casándose en California va a permitir a personas que no son ciudadanos ganar residencia permanente legal en los EEUU?
Ahora que la Sección 3 de DOMA ha sido declarada inconstitucional, hay medios legales para que usted o su esposo/a pueda aplicar para residencia permanente en los Estados Unidos como resultado de su matrimonio. Esto depende si su matrimonio es válido en el lugar en que usted se casó.  Esto significa, que en muchos casos, si usted está casado/a o se casa, usted puede patrocinar a su cónyuge (o su cónyuge puede patrocinarlo a usted) para una tarjeta verde (o carnet de permanencia residencial legal/Green Card). Sin embargo, la ley de inmigración es muy complicada y usted debería hablar con un abogado calificado antes de casarse o antes de empezar el proceso de inmigración basado en su matrimonio o el proceso para cambiar el estado de su residencia en los Estados Unidos.  Las opciones para familias van a ser diferentes dependiendo en su propio caso y en algunos elementos en particular, estos incluyen: si usted y su pareja están juntos o separados; si ustedes están viviendo juntos en los Estados Unidos o en el extranjero; si usted y su pareja se han casado; si su familia se puede casar; y en casos de familias que viven juntas en los Estados Unidos si la persona que no es un ciudadano de los Estados Unidos llego al país después de haber sido inspeccionado por un oficial de inmigración o si entro al país sin haber sido inspeccionado.  Nosotros firmemente les aconsejamos que hablen con un abogado de inmigración calificado antes de tratar de obtener un beneficio de inmigración.
Este FAQ (o lista de preguntas frecuentes) no toca cada tema o circunstancia que parejas bis-nacionales del mismo sexo van a enfrentar. Por favor visite www.immigrationequality.org o www.aclu.org para encontrar más detalles y guías sobre los efectos que las decisiones afectando la Proposición 8 y DOMA tienen con respeto a los asuntos de la inmigración.  Parejas del mismo sexo en relaciones bis-nacionales deberían consultar a un abogado de inmigración antes de casarse en California o en otra jurisdicción.
 
PROTECCION CONTRA LA DISCRIMINACION  
20.     ¿Las instituciones religiosas o miembros clericós están obligados a efectuar matrimonios de las parejas del mismo sexo? 
No. El gobierno no puede discriminar contra parejas del mismo sexo negándoles la libertad de matrimonios civiles – una institución legal establecido y regulado por el gobierno. Esto no incluye instituciones religiosas o miembros clericós, estas instituciones todavía pueden negar la oportunidad de efectuar matrimonios de cualquier persona. Algunas religiones no permiten que parejas del mismo sexo se casen por medio de esa religión; sin embargo, el número de religiones que si lo permiten está creciendo. En la ley actual de California, todas las parejas, sin consideración a su orientación sexual, pueden decidir ser casados por un miembro clericó en una comunidad de fe acogedora o un funcionario público, como un juez o diputado autorizado.
21.     ¿Empleados en la oficina del secretario que no están de acuerdo con el matrimonio de parejas del mismo sexo pueden negarnos una licencia o una firma para nuestra aplicación de licencia para matrimonio?  
No. Funcionarios públicos que tienen la obligación y responsabilidad de emitir licencias para matrimonios civiles no pueden rechazar licencias por sus creencias personales u objeciones religiosas. Cuando clericós revisan las aplicaciones para licencias de matrimonio, ellos actúan en nombre del Estado de California. Por esa razón, ellos no pueden tratar a un grupo de solicitantes en una manera diferente de otro grupo solamente por sus creencias personales u objeciones religiosas. Si usted tiene problemas con algún empleado, por favor contacte unas de las organizaciones legales de LGBT que se encuentran en este documento [ACLU, Lambda Legal, o El Centro Nacional para Derechos de Lesbianas].
22.     ¿Los negocios privados, como una florista, un fotógrafo, o espacio para eventos pueden negarse a ofrecer un espacio, o un servicio para mi ceremonia de matrimonio porque me estoy casando con una persona del mismo sexo?
No. La ley en California no permite que los establecimientos de negocios que ofrecen productos o servicios al público discriminen basado en la orientación sexual, identidad de género, expresiones de género o estado matrimonial.  Esta prohibición contra la discriminación aplica sin tomar en cuenta las creencias religiosas del dueño o empleado del negocio.  Por favor note que esta prohibición no aplica en algunos clubes privados que son basados en la asociación o afiliación de miembros, y que no están abiertos al público. Si alguien esta negándole servicios o un espacio de eventos para su matrimonio, por favor contacte a unas de las organizaciones legales de LGBT que se encuentran en este documento (ACLU, Lambda Legal, o Centro Nacional para Derechos de Lesbianas).
23.     ¿Un empleador o patrón puede negar a contratarme porque estoy casado con una persona del mismo sexo?
Generalmente, no. La ley en California prohíbe la discriminación contra los empleados por su orientación sexual, identidad de género, expresión de género, y estado matrimonial. Sin embargo, si su empleador o empleador prospectivo es una corporación o asociación religiosa, la respuesta puede ser complicada en ciertas circunstancias. Si usted está sufriendo algún problema en empleo acerca de su matrimonio a su pareja del mismo sexo, contacte una de las organizaciones legales de LGBT que se encuentran en este documento [ACLU, Lambda Legal, o El Centro Nacional para los Derechos Lesbianas].
24.     ¿Mi empleador o jefe puede negarle a mi cónyuge del mismo sexo los beneficios de mi empleo que son ofrecidos a otros cónyuges de diferente sexo o rechazar el reconocimiento de mi matrimonio como valido?
En general, no. Con respeto a beneficios, la ley en California les prohíbe a los empleadores que discriminen a base de orientación sexual o identidad de género cuando administran la mayoría de los beneficios de empleo. (Por favor note, como ha sido mencionado arriba, que las reglas que aplican a corporaciones religiosas en algunas situaciones especificas son diferentes). Si usted tiene problemas con sus beneficios de empleo, por favor contacte unas de las organizaciones legales de LGBT que se encuentran en este documento [ACLU, Lambda Legal, o El Centro Nacional para los Derechos de Lesbianas].
Con respeto a los beneficios para la salud, ahora que la Corte Suprema rechazó Sección 3 de DOMA, si su cónyuge está cubierto bajo el plan de salud de su empleador y usted es considerado(a) como casado(a) válidamente por el gobierno federal, usted y su cónyuge deberían ser elegibles para estas protecciones federales adicionales:
-       El valor del seguro de salud de su cónyuge no va ser tratado como ingreso imponible a usted [el empleado] o a su cónyuge.
-       Su cónyuge e hijos tienen el derecho de quedarse en su plan para la salud si pierde su trabajo o si sus horas son reducidas, o si se divorcia o se separa de su cónyuge. Esto es llamado “cubrimiento COBRA” o “cubrimiento continuó de COBRA.” Aunque su empleador tiene que permitir que usted, sus hijos, y su cónyuge permanezcan asegurados en su plan, usted puede ser requerido a pagar el costo entero de los beneficios. [Nada previene un plan de cubrimiento continuó para parejas de hecho, pero este cubrimiento no es requerido por la ley federal.]
-       Mientras la mayoría de los planes para la salud solamente permiten inscribirse durante un tiempo especifico, matrimonio o divorcio son “eventos calificadores” que permiten que se inscriba o se retire fuera de esos tiempos específicos.
25.     ¿Los propietarios nos pueden negar a mí y a mi cónyuge el arrendamiento de un apartamento?
No. La ley de California prohíbe la discriminación de la vivienda basada en la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, y estado matrimonial.
26.     ¿Si mi pareja y yo nos casamos, una agencia de adopción o una agencia de crianza temporal puede discriminar contra nosotros?
No. California prohíbe la discriminación por parte de agencias de adopción y de cuidado de crianza temporal basadas en la orientación sexual e identidad de género. Sin embargo la adopción internacional tiene reglas diferentes, y muchos países no permiten que padres del mismo sexo adopten.
Para más información sobre su derecho de casarse y protecciones contra la discriminación, por favor contacte:
La Unión de Libertades Civiles del Norte de California: www.aclunc.org
La Unión de Libertades Civiles del Sur de California: www.aclusocal.org
Equality California: www.eqca/org
Lambda Legal: wwwlambdalegal.org
El Centro Nacional para Derechos de Lesbianas: www.nclrights.org
Descargaesta guía (pdf).